Hola Olga:
Aunque parezca increíble, no existe ningún tipo de limitación legal para los tipos de interés en los créditos rápidos o en cualquier otro tipo de crédito personal.
Sin embargo, los créditos al consumo desde 150 hasta 20.000 euros deben cumplir condiciones recogidas en la Ley de Crédito al Consumo.
Todo contrato debe incluir necesariamente:
La Tasa Anual Equivalente, TAE. o, como mí¬nimo, el tipo de interés nominal anual, los gastos aplicables desde el momento en que se de el contrato y las condiciones en que podrán cambiarse.
El número y fecha o periodicidad de los pagos que debe realizar el consumidor para devolver el crédito, así¬ como su importe total.
Coste total del crédito, especificando cuáles se incluyen en el cálculo de la T.A.E.
La empresa que ofrezca un crédito personal o préstamo al consumo está obligada a entregar antes de la firma del contrato, una oferta vinculante que tiene una vigencia de diez días.
Un saludo y que te quede bonita la casa
Caro |