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    10 - Duda sobre préstamos personales

    Enviado por Susana - 28 Abril 2009
    Hola a todos:

    Escribo a ver si alguien puede ayudarme.

    Nunca he pedido un préstamo personal y ahora necesito hacerlo.

    Tengo una duda:

    Supongamos que yo pido un préstamo personal de 3.000 euros y lo tengo que devolver en 12 cuotas de 265 euros (total 3180 euros).

    Si pago la primera cuota de 265 euros y por lo que sea decido cancelarlo totalmente: ¿Cuánto tendría que pagar: 3180 o menos dinero?

    P.D.- Supongamos que el préstamo no tiene gastos de cancelación ni de ningún otro tipo.

    Gracias a todos
    Saludos

    Susana

    11 - Respuesta a Susana. Cancelación Anticipada

    Enviado por Caro - 28 Abril 2009
    Hola Susana:

    Hay distintas formas de devolver un préstamo personal:

    La modalidad depende de la periodicidad de las cuotas normalmente se pagan cada mes y de la variación de su importe a lo largo del tiempo si son constantes, crecientes o decrecientes.

    Otra posible opción es establecer un período inicial de carencia, durante el cual no se devuelve el capital.

    Lo más habitual es que los préstamos recibidos de entidades de crédito se devuelvan mediante el pago de cuotas periódicas constantes, esta modalidad de devolución se conoce con el nombre de “sistema francés”.

    Cambios sobre la marcha

    Una vez que el plan de amortizaciones está en marcha, cabe la posibilidad de modificarlo mediante pagos anticipados de parte o de toda la deuda pendiente cancelación anticipada parcial o total, respectivamente, si así viene recogido expresamente en el contrato, o si usted consigue llegar a un acuerdo con la entidad con posterioridad a su firma.

    En cualquier caso, si se trata de un crédito “al consumo”, el cliente siempre podrá rembolsar anticipadamente, de forma total o parcial, y en cualquier momento el préstamo concedido.

    En todos estos supuestos, el cliente debe tener en cuenta las posibles comisiones bancarias de amortización anticipada pactadas.

    La cancelación anticipada parcial puede tener dos efectos distintos, según pacte con la entidad que le presta el dinero: pagar menos o adelantar el vencimiento del préstamo.

    La cancelación anticipada de la totalidad de la deuda pendiente implica el vencimiento y cierre del préstamo.

    Habitualmente la entidad estipula una comisión para la cancelación anticipada y esa es la que le cobrará por el capital pendiente una vez que usted decida amortizar y cancelar definitivamente su deuda.

    Espero haber sido de ayuda

    Un saludo
    Caro



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