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    17 - Oferta vinculante en préstamos personales

    Enviado por Caro - 29 Abril 2009
    De todos es sabido que en desde los tiempos de bonanza de la banca se vienen arrastrando las situaciones de indefensión hacia los clientes y consumidores y se han ido perdiendo las denominadas “buenas prácticas bancarias”.

    Lo cierto es que, dada la situación actual, ahora más que nunca conviene rescatar todos los instrumentos a los que los clientes tengan derecho con el fin de estar informados de forma completa y fehaciente y evitar sorpresas que puedan menoscaba nuestra situación económica, ponernos en aprietos y evitar abusos.

    En los créditos al consumo existe al igual que los créditos hipotecarios, la oferta vinculante.

    La oferta vinculante es un derecho del consumidor cuya justificación nace de la necesidad que el consumidor tenga a su disposición y con carácter previo a contratar la operación una información completa y transparente sobre las condiciones económicas y financieras del crédito.

    Cual será el coste real de la operación con comisiones e intereses aplicables por todos los conceptos de forma que pueda conocer el precio real de la operación y acceder a la que más se adecuada sea a su situación económica y sus intereses.

    El plazo de validez de la oferta es de 10 días hábiles desde la entrega, salvo que medien circunstancias excepcionales.

    La entrega de la oferta vinculante es tiene carácter obligatorio por parte de la entidad bancaria o de crédito y se regula en la (Ley 7/1995, de 23 de marzo, artículo 16 ).

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